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¿Sabes cuándo se paga el Impuesto de Sociedades?

Cuándo se paga el Impuesto de Sociedades

La elevada carga tributaria en las empresas tiende a ser un auténtico quebradero de cabeza. No solo en lo que respecta al coste económico, sino también por la obligación de cumplir los plazos establecidos.

Conocer cuándo se paga el Impuesto de Sociedades es casi tan importante como abonar la cantidad correspondiente. Una tarea que tu asesoría debería asumir sin complicación alguna.

¿Tienes dudas al respecto? Las respondemos. Aunque quizás sería bueno que también echaras un vistazo a nuestro ebook gratuito.

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Importancia de cumplir con los plazos de Hacienda

Hacienda no se caracteriza por la piedad con quienes llegan tarde a sus obligaciones fiscales. De hecho, las consecuencias de incumplir los plazos suelen ser muy costosas.

Ante tal realidad es imperativo que sepas cuándo se paga el Impuesto de Sociedades. Así como el resto de los impuestos que debes cumplimentar el resto del año.

De no hacerlo, las infracciones de la Agencia Tributaria supondrán un auténtico impacto en tu estabilidad económica. Es más, si tu asesoría se salta esta tarea, es buen momento de cambiar de despacho. ¡Su responsabilidad es cumplir con los plazos de Hacienda!

Por eso, ahora que el Impuesto de Sociedades está a la vuelta de la esquina, es el momento de ir rellenando el modelo 200. No permitas que te coja el toro y te toque pagar más de la cuenta.

Cuándo se paga el Impuesto de Sociedades

Las fechas fijadas por Hacienda a lo largo de un ejercicio fiscal deben grabarse a fuego en el calendario de tu empresa. Algo que incluye, por supuesto, saber cuándo se paga el Impuesto de Sociedades.

En este punto, nos gustaría hablar de dos modalidades diferentes: el anual del Impuesto de Sociedades y los modelos fraccionados.

Veamos cuándo se presenta cada uno:

  • 1 al 25 de julio. El modelo 200 es la declaración anual del Impuesto de Sociedades. En caso de grupos de sociedades, también deberán cumplimentar el modelo 220. Ahora bien, en ambos casos se deben presentar entre el 1 y el 25 de julio.
  • Abril, octubre y diciembre. Si tuviste un resultado positivo en el último modelo 200, entonces deberás presentar el modelo 202. Siendo el modelo 222 el adyacente que deben sumar los grupos de sociedades. Estos impuestos se presentan en los meses de abril, octubre y diciembre.

¿Y si se te pasa el plazo? Consecuencias

Ya hemos comentado que cumplir con los plazos de Hacienda no es una opción: es un imperativo que toda empresa debe tener en cuenta ejercicio tras ejercicio.

Pero, ¿qué sucede si se te pasan los días? O, lo que es peor, ¿y si tu asesoría pasa por alto cuándo se paga el Impuesto de Sociedades?

Aquí te dejamos algunas de las principales consecuencias. Todas ellas negativas en términos económicos:

  • Multas por presentar el Impuesto de Sociedades fuera de plazo. Según el retraso en la presentación del modelo 200, la sanción variará en gran medida. Hasta tres meses, será un recargo del 5%, hasta 6 meses del 10%, hasta 12 meses del 15% y más de un año del 20% con intereses. Si el resultado de la declaración fuera cero o a devolver, hablaríamos de una multa de 100€.
  • Compensaciones de bases imponibles negativas. Despídete de la compensación de bases imponibles negativas en declaraciones con retraso. Una diferencia sustancial en las declaraciones a devolver, las cuales llegarán también con su consecuente multa.
  • Incentivos fiscales. La libertad de amortización y demás incentivos fiscales desaparecen de la ecuación cuando se presenta el modelo 200 fuera de plazo. De nuevo un coste económico que no muchas empresas se pueden permitir.

Cabe recordar que todas estas sanciones corresponden a quienes abonan el Impuesto de Sociedades fuera de plazo. Pero, a fin de cuentas, lo hacen motu proprio.

En aquellos escenarios que tenga que intervenir la Agencia Tributaria para solicitar el tributo en cuestión, las sanciones van del 50% al 150% de recargo sobre el resultado de la liquidación. O, en el caso de las declaraciones que salen a cero o a devolver, una multa de 200€.

Cómo asegurarte de un pago correcto en tiempo y forma

Como bien habrás podido observar, asumir el riesgo de saltarse el plazo de presentación del Impuesto de Sociedades no es viable. Ahora bien, ¿cómo te puedes asegurar de cumplir estas obligaciones tributarias en tiempo y forma?

En este punto, la participación de un equipo de asesores de alto nivel es fundamental. Ellos son los encargados de actuar en tu nombre y presentar todos los modelos correspondientes en Hacienda.

Nada de esperar al 25 de julio para hacerlo todo deprisa y corriendo: las mejores asesorías completan el modelo 200 con margen suficiente como para no sufrir imprevistos de última hora. Siempre siguiendo una estrategia fiscal sólida que incentive tu ahorro financiero.

Además, puesto que vivimos en la era digital, no son pocas las asesorías que emplean herramientas de última generación como Holded. Una plataforma de gestión fiscal online que acelera el proceso de completar y presentar el Impuesto de Sociedades.

Rodearse de los apoyos adecuados es la clave del éxito. En consecuencia, si todavía no delegas funciones en una buena asesoría, la inminente llegada del Impuesto de Sociedades es el momento ideal para buscarla.

Asenze: tu asesoría digitalizada

Ya sabes cuándo se paga el Impuesto de Sociedades y, puesto que el truco para que no se te pase el plazo es acudir a una buena asesoría, es turno de hablar de Asenze.

Como asesoría digital trabajamos con las últimas herramientas (de hecho somos partners oficiales de Holded). Esto nos permite colaborar contigo en tiempo real para poner a punto todas las cuestiones contables y fiscales de tu empresa.

Eso sí, a pesar de estar tras la pantalla de un ordenador, estamos muy cerca de ti. Entiende nuestros servicios como una parte más de tu negocio, integrándonos en cada uno de tus procesos cotidianos desde el principio.

Ya lo sabes: si el Impuesto de Sociedades empieza a ser un motivo de preocupación, habla con nosotros. Estaremos encantados de presentarlo ante Hacienda, además del resto de los modelos tributarios del ejercicio.

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