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¿Qué es el SII? A qué empresas afecta y cómo funciona

Qué es el SII

La era digital se puede entender también como la era de la inmediatez. El panorama online ha acelerado todo cuanto sucede a nuestro alrededor y el tejido empresarial no ha sido ajeno a este cambio.

Sistemas como el SII son la prueba de ello. Por lo que no hay mejor manera de plantear la gestión corporativa que dejándote ayudar por una asesoría digitalizada.

Pero antes de explicar que es el SII, ¿todavía no tienes nuestro ebook gratuito? En él te explicamos las razones por las que deberías pasarte a este modelo de asesoría. ¡Descárgalo aquí!

Qué es el SII

El SII, también conocido como Suministro Inmediato de Información, es un sistema diseñado por la AEAT. Una tecnología que optimiza la gestión electrónica de los libros de registro del IVA, acelerando en gran medida su tramitación.

De este modo, el envío de la facturación se resuelve de manera inmediata. Permitiendo que dichas compañías queden exentas de presentar el modelo 347, el modelo 340 y el modelo 390.

Hay ciertas empresas que no solo están obligadas a saber qué es el SII, sino también a implementarlo en su dinámica fiscal.

Así pues, estamos ante una apuesta más por la digitalización que nos trae la Agencia Tributaria. Repercutiendo en la transparencia de los libros de registro y en la eficiencia comunicativa entre los negocios y Hacienda. Incluso se pueden acelerar los tiempos en los que tarda Hacienda en devolver el IVA.

Qué empresas deben inscribirse en el SII AEAT

Ahora que ya tienes más claro que es el SII AEAT, veamos si estás obligado a utilizar este sistema. Porque, si bien es cierto que cualquiera lo puede emplear, hay compañías que deben hacerlo por ley.

Revisa si estás en la siguiente lista:

  • Grandes corporaciones. Las grandes empresas son aquellas que tienen una facturación anual superior a los 6.000.000€. Si es tu caso, te tocará implementar el SII.
  • Grupos empresariales. Los grupos de IVA son diferentes compañías que conforman una entidad dominante. Si todas las integrantes tienen el domicilio fiscal en España, tienen que utilizar el SII AEAT.
  • REDEME. Inscribirse en el Registro de Devolución Mensual del IVA no es sencillo: hay muchos requisitos que se deben cumplir. No obstante, si lo has conseguido, entonces debes actuar en consecuencia y emplear el SII.

Cómo funciona el SII

Al igual que sucede con cualquier novedad en el paradigma digital, toca estudiar en detalle cómo funciona el SII. Más todavía si perteneces a alguno de los modelos corporativos anteriores.

La metodología es bien simple: el SII se basa en el suministro electrónico e inmediato de la facturación incluida en los libros registro del IVA. Pero, ¿cómo se hace exactamente?

En la Sede Electrónica de la AEAT han creado una categoría específica para el Suministro Inmediato de la Información. Entra en este apartado.

Acto seguido, envía los registros de la facturación. Lo puedes hacer mediante mensajes XML o, si lo prefieres, con un formulario web.

Al hacerlo, los libros de registro se irán configurando de manera automática y casi en tiempo real.

SII: Preguntas frecuentes

Es posible que todavía tengas ciertas dudas al respecto. No te preocupes: en Asenze estamos para ayudarte.

Sabemos bien que la gestión fiscal puede ser todo un caos. Más ahora que hay que adaptarse a las nuevas tecnologías.

Por consiguiente, hemos elaborado un listado de preguntas frecuentes del SII. Veamos cuáles son y, lo que es más importante, cuáles son sus respuestas.

¿Cuáles son los plazos del SII de facturas emitidas?

Las facturas emitidas se deben enviar al SII en un margen de 4 días hábiles desde que las confecciones. No obstante, si la factura está hecha por un tercero, este plazo se incrementa de 4 a 8 días hábiles.

Sea como sea, el SII no permite a los empresarios obligados a su uso dormirse en los laureles.

¿Y el plazo de facturas recibidas?

Las facturas recibidas suelen ser más abundantes que las emitidas. Sin embargo, el plazo es el mismo: 4 días desde el registro del documento.

Asimismo, conviene señalar que la información de facturación ha de mandarse antes del día 16 del mes siguiente a la liquidación del IVA. Es decir, dentro del periodo de deducción del IVA soportado.

¿Qué ocurre después de enviar las facturas?

En cuanto la AEAT recibe el mensaje a través del SII lo valida en términos de formato. Si no hay errores, se procede a la validación de la empresa.

En caso de que todo sea correcto, se te informará de ello. De lo contrario, te llegará un mensaje con el error en cuestión.

¿Se pueden enviar facturas modificadas?

Es posible que tengas que modificar ciertas facturas. No te preocupes: la AEAT ha contemplado este escenario.

No obstante, debes separar el envío en cada caso. Dicho de otro modo: puedes mandar las de tipo “alta” o las del tipo “modificaciones”, pero jamás las dos a la vez.

En cuanto al volumen de facturas que el SII puede recoger en un solo mensaje es de 10.000. Recuerda: siempre en su categoría correspondiente.

Asenze: tu asesoría digitalizada

Como habrás podido observar, el paradigma digital está conquistando todo cuanto sucede en el tejido empresarial moderno. Quedarse obsoleto es un riesgo muy real y, a nuestro lado, lo esquivarás con contundencia.

Asenze es tu asesoría digitalizada. Pero, ¿qué significa esto?

Por un lado, trabajamos con las últimas herramientas tecnológicas. Siendo partners oficiales de plataformas como Holded y, por supuesto, grandes expertos en sistemas como el SII AEAT.

Esto nos otorga la posibilidad de trabajar en tiempo real y llevar una gestión contable y fiscal de tu empresa al milímetro. Dos cuestiones de las que siempre te mantendremos al tanto.

Porque no somos ese tipo de asesores que se esconden detrás de un teléfono. Todo lo contrario: nos convertimos en una extensión más de tu empresa para acompañarte hacia la cima de tu sector.

Habla con nosotros y empecemos a trabajar juntos. ¡La transformación digital de tu compañía empieza con un buen servicio de asesoramiento!

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