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9 aspectos a considerar para constituir una empresa en España legalmente

Constituir una empresa en España

Crear un negocio desde cero es el sueño de un gran volumen de personas.

No es para menos: el emprendimiento es el medio para tomar las riendas de la vida laboral de manera integral.

Sin embargo, constituir una empresa en España no es tan rápido como se suele pensar. De hecho, suele ser un auténtico caos en materia administrativa.

Por ello, en Asenze contamos con partners especializados en materia legal que se ocupan de prestar este servicio a nuestros clientes. Son expertos con una dilatada experiencia tanto en el ámbito nacional como internacional.

A continuación, detallamos los pasos que se suelen dar en estos escenarios.

Pero antes, si aún no has descargado nuestro ebook gratuito para empresas, te invitamos a echarle un vistazo. Haz clic aquí y descárgalo.

Trámites de constitución de una empresa

Al igual que sucede en cualquier materia burocrática, los trámites de constitución de una empresa suelen ser muy liosos.

Perderse entre papeles, permisos, registros y administraciones suele ser de lo más habitual.

Motivo por el que te animamos a que delegues en profesionales. En nuestro caso, como decíamos al inicio, contamos con un partner experto que se encarga de esta labor.

Ahora bien, a modo genérico, estas son las pautas que se deben llevar a cabo. Cada una de ellas importa tanto como la anterior: nada de tomar atajos a la hora de emprender.

Forma jurídica

Lo primero que se debe hacer al constituir una empresa en España es elegir la forma jurídica. Es decir, cómo se te va a identificar jurídicamente.

En caso de que vayas a montar una sociedad, has de tener bien claro cuales son las diferentes alternativas que existen:

  • Sociedad Anónima. Son sociedades que se pueden formar por una o varias personas y el capital se divide en acciones.
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada. En este caso, la responsabilidad de cada socio depende del capital aportado y se pueden formar por una o varias personas.
  • Sociedad Limitada Laboral. Los trabajadores de estas empresas pueden ser socios. Por lo que la gestión está más democratizada.
  • Sociedad Cooperativa. Los socios actúan como propietarios y gestores de la compañía en su conjunto.

¡Tú decides cuál te representa según tus objetivos!

Cuenta bancaria

Una vez hayas decidido la forma jurídica, toca abrir una cuenta bancaria para la empresa.

Elige entre los mejores bancos para obtener las condiciones financieras más atractivas. Algo clave para tu futuro económico.

Recuerda solicitar el certificado del depósito una vez lo hagas. En dicho documento aparecerán los datos de todos los socios y sus aportaciones.

Además, te recomendamos que inviertas también en los programas de facturación y contabilidad más modernos. Unas herramientas que te ayudarán a tener todas tus cuentas siempre en orden.

Estatutos sociales

Los estatutos sociales son un paso esencial con el que se determinan las cuestiones básicas de la empresa.

Un documento que se rige según el Real Decreto Legislativo 1/2010 y que, tal y como dicta la ley, debe incluir estos aspectos:

Denominación y objeto social, domicilio, duración, capital social, registro de socios, firma de los administradores, titularidad de las participaciones, órganos sociales para los acuerdos, disolución y liquidación de la sociedad y la firma de los administradores.

Cada punto importa, así que no te saltes ninguno si no quieres sufrir tropiezos estrepitosos.

Pacto de socios

Puede que el pacto de los socios no sea obligatorio. No obstante, desde Asenze te recomendamos tenerlo. Nuestro partner experto así lo propone.

Un texto en el que todos los participantes de la empresa dejaréis claras vuestras acciones, derechos y obligaciones.

No importa si los socios son amigos o familiares. La confianza puede volverse en tu contra y el pacto previo es un buen método para resolver conflictos futuros.

Escrituras

Este es el verdadero punto de partida para tu empresa. El momento en el que, ante los ojos de la ley, estará formada.

Todos los socios o sus representantes deben estar presentes para dicho procedimiento.

Una firma que se hará siempre ante notario.

En cuanto a los documentos, se tendrá que presentar la certificación negativa del Registro Mercantil, el certificado bancario, los estatutos sociales y el DNI de los integrantes de la sociedad.

Alta en Hacienda

También debes darte de alta antes las autoridades tributarias.

Un paso que adquiere carácter temporal, donde Hacienda te reserva un NIF para la empresa hasta que la inscribas en el Registro Mercantil.

Dicho documento de identificación fiscal se puede solicitar mediante el modelo 036, marcando la casilla 110.

Aunque ha de hacerse de forma presencial en las oficinas de Hacienda.

Inscripción en el Registro Mercantil

Con todo lo anterior ya hecho, toca ir a inscribir la empresa en el Registro Mercantil.

Lo más adecuado es haber comprobado de antemano que la denominación social del negocio no esté solicitada por otra compañía.

Un trámite administrativo sencillo de cumplimentar. Sin embargo, debe hacerse en un plazo de tres meses desde la constitución oficial de la sociedad.

¡No dejes todo para última hora!

NIF definitivo

Una vez hayas realizado las gestiones pertinentes en el Registro Mercantil, ya podrás obtener el NIF definitivo.

Para ello, simplemente conéctate a la sede electrónica de Hacienda, presenta de nuevo el modelo 036 y marca la casilla 120.

Además de dicho modelo, tendrás que entregar la copia de la escritura pública, del documento de constitución y de los estatutos sociales.

También el certificado del Registro Mercantil y la fotocopia del NIF de la persona firmante en la declaración censal.

Contratar una asesoría de confianza

Como habrás podido observar, constituir una empresa en España no es nada sencillo.

Por ello, la mejor opción es siempre delegar en expertos. Si te interesa, podemos ayudarte a través de nuestro partner especializado en constitución de empresas. Se conoce todos los detalles a nivel legal y puede ayudarte tanto a escala nacional como internacional.

Una vez este trámite esté concluido, si así lo deseas, continuaremos la relación cubriendo el asesoramiento fiscal y contable de la empresa.

Este tipo de soluciones o servicios ahorran tiempo y evitan quebraderos de cabeza. Así que ¿te animas? Escríbenos y nos pondremos manos a la obra de inmediato.

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